Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los señores Shesnel Alejandro Calcaño Mena y Emmanuel Taveras Santos contra el párrafo I, numeral 9), del artículo 16 de la Ley núm. 631-16, sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, promulgada el dos (2) de agosto de dos mil dieciséis (2016), en su redacción resultante de la Sentencia TC/0135/20.
Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: capacidad procesal (arts. 185.1 Constitución; y 37 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido. Legitimación activa: calidad para accionar (art. 37 LOTCPC; TC/0345/19). Acción directa de inconstitucionalidad: tiene como objeto sancionar infracciones constitucionales (TC/0150/13). Vicios de forma o de procedimiento: definición. Vicios de fondo: definición. Vicios de competencia: definición. Acción directa de inconstitucionalidad: sus fundamentos deben exponerse de forma clara y precisa (art. 38 LOTCPC; TC/0150/13). Escrito introductorio: requisitos satisfechos (TC/0150/13; TC/0135/20). Estado social y democrático de derecho: valor supremo, principio y derecho fundamental a la dignidad humana (art. 7 Constitución; TC/0492/24). Derecho a la igualdad: obliga a las instituciones del Estado a fomentar y ofrecer un trato igualitario en términos jurídicos o normativos a todas las personas físicas (TC/0060/14). Corte constitucional colombiana: adopción de criterio. Test de igualdad: requisitos para su aplicación (TC/0159/13). Licencia oficial vitalicia para porte y tenencia de armas de fuego: los defensores públicos no son sujetos similares a los jueces y miembros del Ministerio Público (TC/0135/20). Juicio de igualdad: debe partir del supuesto de una misma situación, lo que en el caso de la especie no se configura. Test de igualdad: no se cumple con el primer requisito (TC/0380/21). Omisión relativa: el desarrollo legislativo deviene incompleto (TC/0487/24). Acción directa de inconstitucionalidad: por su naturaleza, trámite y efectos el Tribunal Constitucional no puede ejercer su competencia para controlar, las omisiones absolutas al mandato constituyente (TC/0766/24). Test de la omisión legislativa relativa: criterios de aplicación (TC/0766/24). Omisión legislativa relativa inconstitucional: no comporta toda vez que esa inexistencia no riñe ni desconoce el derecho que contempla la ley. Test de la omisión legislativa relativa: no se cumple con el primer elemento. Derecho de defensa: no se configura su vulneración. Derechos fundamentales: no se configura su vulneración. Acción directa de inconstitucionalidad: admite, rechaza y declara conforme con la Constitución. Voto particular: Valera Montero y Reyes Torres.