Detalle sentencia TC/0130/24

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Publicación: Martes 02 de Julio , 2024 / 12:47 P. M.

Referencia: TC-04-2023-0181

Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por Rafael Antonio Martínez Cruz y Brunilda Amancia Rodríguez Alvarado contra la Sentencia núm. 2657/2021 dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53.3 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0123/18; TC/0007/12). Derecho de propiedad: le corresponde al propietario velar por la seguridad de lo que le pertenece. Derecho de propiedad: no se configura su vulneración. Recurrente: ha estado presente en todas las audiencias y ha sido representada legalmente. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no se configura su vulneración. Derecho a la debida motivación: toda decisión emanada de los jueces debe contener una debida motivación. Test de la debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Sentencia de adjudicación: está desprovista de la autoridad de la cosa juzgada (TC/0168/22). Corte de apelación: debió declarar de oficio la inadmisibilidad del recurso y no conocerlo. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación de la norma. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Reyes Torres.

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02/07/2024
tc-0130-24-tc-04-2023-0181.pdf
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