Relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por las entidades Sparber Líneas Marítimas, S.A. y Sparber Dominicana, S.A., respecto de la Sentencia núm. 0388/2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el dieciocho (18) de marzo del año dos mil veinte (2020). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los cinco (5) día del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión: medida cautelar de naturaleza excepcional (TC/0067/22). Demanda en solicitud de suspensión: tiene un carácter económico (TC/0040/12). Demanda en solicitud de suspensión: carece de mérito, por su naturaleza meramente económica (TC/0195/22). Demanda en solicitud de suspensión: no cumple con las situaciones excepcionales que pudieren justificar su suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: rechaza.