Relativo a la demanda en suspensión de ejecutoriedad incoada por la señora Edith Altagracia Peña Crisóstomo, respecto de la Sentencia núm. 1088-2020, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, el veintiséis (26) de agosto de dos mil veinte (2020).
Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia. Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de suspender a petición de parte debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: carácter excepcional (TC/0046/13). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: criterios de procedencia (TC/0250/13). Daño irreparable: no identificación (TC/0063/13). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: no satisfacción de los requisitos de procedencia (TC/0250/13). Demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia: rechaza.