Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Gilberto Objío Subero contra la Resolución Penal núm. 502-2023- SRES-00093 dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el seis (6) de marzo de dos mil veintitrés (2023). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (arts. 54.5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3 y 54.1 LOTCPC; TC/0123/18; TC/0007/12). Test de la debida motivación: aplicación y parámetros (TC/0009/13). Test de la debida motivación: se configura su vulneración. Tutela judicial efectiva: se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, acoge, anula y ordena el envío del expediente