Relativo al recurso de revisión de amparo de cumplimiento interpuesto por el señor Miguel Sacarías Medina Caminero contra la sentencia núm. 030-02-2023-SSEN00056, dictada por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo el siete (7) de febrero de dos mil veintitrés (2023). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0080/12; TC/0071/13; TC/0007/12). Poder de apreciación de la prueba: fundamento. Elementos probatorios: desnaturalización. Desnaturalización de los elementos probatorios: vicio o defecto jurisdiccional (TC/0058/22). Poder de apreciación de la prueba: obedece exclusivamente a rigurosas excepciones. Corte Constitucional de Colombia: adopción de criterio. Acto mediante el cual se exige el cumplimiento: no tiene que contener una mención expresa respecto a que la autoridad tiene que contestar a la solicitud o hacer cesar el supuesto incumplimiento (TC/0083/12; TC/0523/19; TC/0538/20). Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma