Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) contra la Sentencia núm. SCJ-TS-22-0774, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia. (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principio de celeridad y economía procesal: permite al Tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54, numerales 5 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 53.3, 54.1 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0007/12). Administración tributaria: su facultad esta regulada por el Código tributario. Debida motivación: constituye una de las garantías del debido proceso y de la tutela judicial efectiva (art. 69 Constitución). Test de la debida motivación: criterio de aplicación y parámetros (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: correcta interpretación y aplicación de la norma. Test de la debida motivación: se cumplen todos los parámetros. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma.