Relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el señor Deyvid Omar de los Santos Mateo contra la Sentencia núm. 0030-04- 2023-SSEN-00581 dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de agosto de dos mil veintitrés (2023). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, al primer (1er) día del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de sentencia de amparo. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 Constitución; 9 y 94 LOTCPC). Revisión constitucional de sentencia de amparo: se cumplen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 95, 96 y 100 LOTCPC; TC/0071/13; TC/0406/14; TC/0195/15; TC/0007/12). Juez de amparo: previo a conocer el fondo de la acción, está en la obligación de revisar su competencia (TC/0007/18). Sentencia unificadora: acción de amparo no es la vía idónea para tutelar los derechos de los policías y militares desvinculados (TC/0235/21). Sentencia unificadora: se adoptó con el propósito de subsanar la divergencia en torno al tratamiento distinto dado a las acciones de amparo relativas a la desvinculación de los militares y policías. Acción de amparo: inadmisible contra los órganos del Estado en los casos de desvinculación de cualquier servidor público (art. 70.1 LOTCPC). Jurisdicción contenciosa administrativa: vía judicial efectiva (TC/0235/21). Acción de amparo: aplicabilidad del precedente en el caso concreto (TC/0235/21). Otra vía judicial efectiva: causal de inadmisibilidad de la acción de amparo (art. 70.1 LOTCPC). Juez de amparo: correcta aplicación de la Sentencia TC/0235/21. Revisión constitucional de sentencia de amparo: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Reyes Torres.