Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional y la demanda en solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesto por el señor Franklin Bienvenido Chireno Martínez contra la Sentencia núm. SCJ-PS-22-0315, dictada por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de enero de dos mil veintidós (2022). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, al primer (1er) día del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54 LOTCPC). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53.3 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0130/13; TC/0007/12). Derecho de defensa: fundamento constitucional (art. 69.2 Constitución). Derecho de defensa: la posibilidad que tiene la persona de estar presente en todas las etapas del proceso (TC/0404/14). Recurrente: tuvo la oportunidad de participar en las diferentes etapas del proceso. Derecho de defensa: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: no puede cuestionar la valoración de las pruebas (TC/0202/14). Valoración de los hechos: facultad de los jueces con atribución para estatuir sobre el fondo. Tribunal Constitucional: no puede entrar a valorar las pruebas y los hechos de la causa (TC/0037/13). Suprema Corte de Justicia: aplicación del mejor derecho y la sana administración de justicia. Valoración probatoria: no se configura su vulneración. Principio de igualdad: fundamento constitucional (art. 39 Constitución). Principio de igualdad: definición y alcance (TC/0071/15). Suprema Corte de Justicia: no se verifica la comisión de un acto procesal discriminatorio en perjuicio del accionante. Derecho de igualdad: no se configura su vulneración. Debida motivación de las sentencias: garantías del debido proceso y de la tutela judicial efectiva (TC/0017/13; TC/0436/16). Test de la debida motivación: requisitos (TC/0009/13). Suprema Corte de Justicia: se pronunció sobre todos y cada uno de los puntos nodales del recurso de casación. Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Demanda en solicitud de suspensión: carece de objeto.