Relativo a la demanda en solicitud de suspensión de ejecución incoada por los señores Eudys Jhonan Familia Beriguete y Eudys Manuel Familia respecto de la Sentencia núm. 1100 dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el veinticinco (25) de julio de dos mil dieciocho (2018). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, al primer (1er) día del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 54.8 LOTCPC). Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión: procura la protección provisional de un derecho o interés. Demanda en solicitud de suspensión: medida de naturaleza excepcional (TC/0046/13). Demanda en suspensión: objeto (TC/0097/13). Demanda en solicitud de suspensión: existe una condena civil tendente a pagar sumas de dinero por concepto de condenaciones por daños y perjuicios. Demanda en solicitud de suspensión: no procede cuando las decisiones contengan condenaciones de naturaleza puramente económica (TC/0040/12; TC/0097/12; TC/0098/13; TC/0255/13; TC/0046/14; TC/0956/18). Demanda en solicitud de suspensión: no se ha demostrada la existencia de un perjuicio irreparable. Demanda en solicitud de suspensión: no se ha demostrada la existencia de los criterios excepcionales que la justificarían (TC/0250/13). Demanda en solicitud de suspensión: rechaza.