Detalle sentencia TC/0135/24

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Publicación: Martes 02 de Julio , 2024 / 12:54 P. M.

Referencia: TC-01-2023-0032

Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad incoada por los señores Carlos Manuel Ramírez Ramon y Natascha Vargas Aponte contra el artículo 23 del Decreto núm. 521-06, Reglamento para el Registro de Establecimientos y Medicamentos Veterinarios, del diecisiete (17) de octubre de dos mil seis (2006). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los dos (2) días del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).

Sumario

Acción directa de inconstitucionalidad. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.1 Constitución; 9 y 36 LOTCPC). Legitimación activa: interés legítimo y jurídicamente protegido (arts. 2, 6, 7, 185.1 Constitución; y 37 LOTCPC; TC/0345/19). Accionante: ostentan la nacionalidad dominicana. Acción directa de inconstitucionalidad: debe contener claridad, certeza, pertinencia y especificidad (art. 38 LOTCPC; TC/0150/13). Acción directa de inconstitucionalidad: requisito de exigibilidad satisfecho (art. 38 LOTCPC). Control de legalidad: ha de ser dirimido ante las vías que la justicia ordinaria o especial ha organizado para ello. Aspectos de mera legalidad: escapan al ámbito constitucional. Control de constitucionalidad: requiere una contradicción directa de la norma con la Constitución. Alegada violación del artículo 23 del Decreto núm. 521-06: inadmisible por tratarse de una situación sujeta al control de legalidad administrativa (art. 165.2 Constitución). Veterinarios: acreditados como regentes (arts. 15 letra e y 22 Reglamento 521-06). Veterinarios regente: deberá llevar un registro de control de los medicamentos (art. 27 Reglamento 521-06). Veterinarios regentes: tienen obligaciones muy serias para la conservación de la salud del ganado y de la población. Libertad de empresa: fundamento constitucional (art. 50 Constitución). Libertad de empresa: conceptualización (TC/0049/13). Libertad de empresa: derecho no absoluto (TC/0196/13; TC/0022/21). Principio de razonabilidad: aplicación (TC/0044/12; TC/0196/13). Test de razonabilidad: criterios (TC/0070/15; TC/0044/12). Test de razonabilidad: no se configura su vulneración. Acción directa de inconstitucionalidad: la norma objeto no transgrede el derecho a la libertad de empresa. Acción directa de inconstitucionalidad: admite, rechaza y declara conforme con la Constitución. Voto particular: Reyes Torres.

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02/07/2024
tc-0135-24-tc-01-2023-0032.pdf
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