Relativo a la solicitud de suspensión de ejecución de sentencia interpuesta por el señor Ramón Paredes Escorbores contra la Sentencia núm. 1526, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia el treinta (30) de agosto del año dos mil diecisiete (2017); y la Sentencia núm. 526/2014, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional el veintiséis (26) de junio del año dos mil catorce (2014). En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana, a los cinco (5) día del mes de julio del año dos mil veinticuatro (2024).
Demanda en solicitud de suspensión. Demanda en solicitud de suspensión: de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9, 53 y 54.8 LOTCPC). Sentencia núm. 526/2014: solicitud de suspensión. Sentencia núm. 526/2014: no fue recurrida en revisión. Demanda en solicitud de suspensión: resulta incompatible con el principio de seguridad jurídica (TC/0932/18). Demanda en solicitud de suspensión: solamente se pueden suspender los actos que hayan sido dictados por la última vía jurisdiccional habilitada (TC/0272/13). Demanda en solicitud de suspensión: inadmisible. Sentencia núm. 1526: solicitud de suspensión. Tribunal Constitucional: facultad de ordenar la suspensión a petición debidamente motivada (art. 54.8 LOTCPC). Demanda en solicitud de suspensión: medida cautelar de naturaleza excepcional (TC/0067/22). Demanda en solicitud de suspensión: tiene un carácter económico (TC/0040/12). Demanda en solicitud de suspensión: carece de mérito, por su naturaleza meramente económica (TC/0195/22). Demanda en solicitud de suspensión: no cumple con las situaciones excepcionales que pudieren justificar su suspensión. Demanda en suspensión: rechaza.