Relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por el señor Daniel Fernelis Carbonell López contra la Sentencia núm. 001-022- 2020-SSEN-00733, dictada por Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia el siete (7) de agosto de dos mil veinte (2020).
Revisión constitucional de decisión jurisdiccional. Tribunal Constitucional: competencia (arts. 185.4 y 277 Constitución; 9 y 53 LOTCPC). Principios de celeridad y economía procesal: permite al tribunal decidir la admisibilidad y el fondo del recurso mediante una sola sentencia (art. 54 numerales 4 y 7 LOTCPC; TC/0038/12). Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: se satisfacen todos los requisitos de admisibilidad (arts. 277 Constitución; 54.1, 53 y 100 LOTCPC; TC/0143/15; TC/0271/18; TC/0123/18; TC/0007/12). Anticipo de prueba: no existió violación a las reglas procesales en materia penal. Violación al precedente casacional: no se configura, ya que la Suprema Corte de Justicia hizo una aplicación adecuada del mismo. Debido proceso: principio jurídico procesal (TC/0331/14). Principio de la presunción de inocencia: garantía del debido proceso y de la tutela judicial efectiva (TC/0051/14). Principio de la presunción inocencia: se obró conforme a una valoración armónica y objetiva de los elementos probatorios aportados al proceso. Valoración de las pruebas: fue la que condujo a establecer la ocurrencia del hecho punible y la certeza de la participación del imputado. Principio de personalidad de la pena: criterio (TC/0162/13). Principio de la presunción de inocencia: no se configura su vulneración. Tribunal Constitucional: no puede ni debe adentrarse a conocer sobre aspectos de legalidad ordinaria. Valoración de las pruebas: es un aspecto del proceso que concierne a los jueces que resolvieron el recurso de la apelación (TC/0157/14). Tribunal Constitucional: su rol consiste en constatar si incurrió o no violación de un derecho fundamental. Test de la debida motivación: parámetros (TC/0009/13). Test de la debida motivación: no se configura su vulneración. Suprema Corte de Justicia: correcta aplicación del derecho y de las normas aplicadas. Tutela judicial efectiva y debido proceso: no se configura su vulneración. Revisión constitucional de decisión jurisdiccional: admite, rechaza y confirma. Voto particular: Beard Marcos.