Relativo a la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la señora Kirsy Suleika Sánchez de Jesús contra los artículos 281, numerales 1, 2, 3 y 4; 282 y 283, de la Ley núm. 72-02, que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana, del diecinueve (19) de julio del dos mil dos (2002), modificado por la Ley núm. 10-15, del diez (10) de febrero del dos mil quince (2015).