Constituye un gran honor para el Tribunal Constitucional de la República Dominicana ser el anfitrión y organizador, junto al Consell de Garanties Estaturaries de Catalunya, de las “XXII Jornadas de Derecho Constitucional”: “Legitimación de los órganos de la justicia constitucional en el siglo XXI”, a celebrarse los días 11, 12 y 13 de noviembre del año en curso en las instalaciones del Hotel Sheraton de Santo Domingo, Ciudad Primada de América, con respecto al cual aseguramos un alto nivel en su desarrollo y el éxito en la formación.
Estas jornadas se realizan anualmente en diferentes sedes de los países miembros, con el fin de facilitar el intercambio de experiencias entre las cortes, tribunales y salas constitucionales que la integran.
Compartimos a través de esta plataforma digital, el Tribunal Constitucional pone a disposición de todos los participantes informaciones relativas al programa del evento y sus antecedentes, así como una serie de documentaciones (conferencias, artículos, jurisprudencias, entrevistas) de temas relacionados con los planteados en este evento, vistos desde la óptica de los magistrados del TC, jueces del Poder Judicial y juristas nacionales e internacionales.
El desarrollo de la “XXII Jornadas de Derecho Constitucional” abarcará siete conferencias centrales, tres paneles y sesiones de trabajos que estarán enmarcados en los objetivos de este cónclave en el que participará más de un centenar de personas provenientes de Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Panamá, Puerto Rico, el Consell de Garanties Estatutaries de Catalunya y por el país, los jueces de las altas cortes, jueces del Poder Judicial, miembros del Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Junta Central Electoral, asociaciones de abogados y notarios, entidades bancarias del sector público, organismos castrenses, instituciones de la sociedad civil, comunidad jurídica y académicas de nuestro país.
Aprovechamos la ocasión para exhortarles a que continúen informándose sobre el desarrollo del evento a través de esta página.
A: la puesta en común de experiencias y el examen de los problemas que presenta el desarrollo y la profundización del Estado de Derecho en los países participantes en el CEFCCA, en particular por lo que se refiere a la protección de los derechos fundamentales, la independencia del Poder judicial y las funciones de la Jurisdicción Constitucional, entre otras cuestiones.
B: El apoyo a las tareas de formación y capacitación en esas mismas materias que deban realizarse en la República Dominicana, en especial en lo relativo a la formación continua de las personas que ejercen funciones en el ámbito de la Jurisdicción Constitucional y del poder Judicial.
Sobre los Ejes:
Los temas abordados en las jornadas serán desarrollados a través de conferencias, debates y mesas redondas, se circunscribe a la consecución sobre los objetivos trazados. Garantizando la participación de expositores con una altísima calidad del más alto nivel que permitan compartir una gran cantidad de conocimientos, informaciones y experiencias, desde diversos puntos de vista, en beneficio de todos los participantes.
El tema central a tratar en esta jornada es: “Legitimación de la Justicia Constitucional en Siglo XXI”, y los subtemas presentamos un extracto a desarrollar en cada uno en el conclave.
Legitimación de la justicia constitucional:
La justicia constitucional se considera como el último logro de los ciudadanos frente a la autoridad absoluta de los órganos del Estado y, en particular, frente a la supremacía de los Parlamentos. Es a través de los mecanismos previsto en el sistema de justicia constitucional que se protegen los derechos fundamentales, la supremacía de la Constitución y el orden constitucional.
La legitimación de la justicia constitucional encuentra su fundamento en la propia Constitución; sin embargo, desde sus origen ha sido seriamente cuestionada, particularmente, porque sus miembros no son elegidos por el voto, salvo algunas excepciones, como el caso de Bolivia. Partiendo del elemento anterior, se considera antidemocrático que un Tribunal Constitucional pueda anular las leyes que son dictadas por el poder donde reside el mayor nivel de legitimación democrática, es decir, el Congreso.
Conferencia No. 1:
El valor del precedente constitucional
Las sentencias que dicta el Tribunal Constitucional constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes públicos y los órganos del Estado, lo que implica que las mismas deben ser acatadas sin reservas. Lo anterior garantiza la uniformidad de la interpretación constitucional.
Del respecto de los precedentes del Tribunal Constitucional depende la seguridad jurídica, en la medida de que tanto los actores del sistema y los ciudadanos pueden determinar con certeza sus actuaciones y conductas. Por otra parte, el respeto del precedente, garantiza el principio de igualdad, en la medida que la normativa Constitución se interpreta de la misma forma en todos los casos iguales, independiente de quienes sean las partes que intervengan en el proceso.
Conferencia No. 2:
La recepción del derecho internacional de los derechos humanos en el ordenamiento interno
Luego de los acontecimientos ocurridos durante la Segunda Guerra Mundial y como consecuencia de las claras violaciones cometidas a los derechos humanos por el Tercer Reich surge la preocupación internacional de evitar que tales hechos sean repetidos, razón por la cual se ha desarrollado el derecho internacional en materia de derechos humanos, especialmente a través de convenciones.
Para facilitar la internacionalización de los derechos humanos, las Constituciones modernas consagran mecanismos que permiten integrar los tratados y convenciones internacionales sobre la materia a los ordenamientos nacionales. Hay ordenamientos jurídicos mucho más avanzados, ya que contemplan la posibilidad de aplicar directamente dichas regulaciones internacionales.
Conferencia No. 3:
Justicia constitucional y seguridad jurídica
La justicia constitucional viene a afianzar el principio de seguridad jurídica, en razón de que al prevalecer sobre toda otra norma la Constitución, la garantía del respeto de los derechos fundamentales y la limitación del poder, unido a la certeza de que solo habrá una interpretación posible y la vinculación a los precedentes garantizan la certeza y la predictibilidad jurídica en que se basa el principio de seguridad jurídica.
Conferencia No. 4:
La motivación de las sentencias dictada en procesos constitucionales
La motivación de las sentencias constitucionales guarda relación directa con la legitimación de sus decisiones, en razón de que dicha motivación permitirá controlar la jurisdicción constitucional, además de que evita que las actuaciones de los tribunales se haga de manera arbitraria y sin fiscalización.
Por otra parte, la motivación de las sentencias está vinculada al debido proceso y a la tutela judicial efectiva contenidos en la Constitución, por lo que las sentencias dictadas en procesos constitucionales no pueden escapar de dicha obligación de motivación, ya que estas no solo se encuentran sometidas a la norma constitucional, sino que constituye el objeto de su labor.
Conferencia No. 5:
La justicia en la sociedad de la información
En la medida en que nos convertimos en la “sociedad de la información”, la justicia debe expandirse a los parámetros creados por este nuevo paradigma, con la finalidad de continuar con el acceso efectivo, la eficacia de su función, pero sobre todo para poder dar respuestas a las nuevas dimensiones de la vida social.
En este sentido, el advenimiento de este estado de desarrollo de obtención y envío de información desde cualquier lugar y su actuaciones en tiempo real, así como la transmisión, distribución, procesamiento, almacenamiento de la información y todos los nuevos procesos tecnológicos estimula la necesidad de que la justicia y su sistema se mueva a este ritmo, con la finalidad de poder garantizar los procesos y salvaguardar los derechos íntimamente ligados a estos cambios y, sobre todo, buscar que la práctica sistemática de la administración de justicia se transforme, en el sentido de tener la capacidad de utilizar los medios digitales en el acceso a la justicia.
Conferencia No. 6:
Eficacia y ejecución de las sentencias constitucionales
La labor de la justicia constitucional no termina con la emisión de la sentencia, sino que su responsabilidad permanece hasta que se haya logrado la ejecución de lo decidido. Esto es lo que explica la preocupación que constantemente expresa la doctrina, en el sentido de la necesidad de que los sistemas de justicia constitucional dispongan de mecanismos tendientes a garantizar la eficacia de las sentencias.
Cabe destacar que el incumplimiento de las sentencias constitucionales constituye una fractura al orden constitucional, por lo que hacer ejecutar la decisión garantiza el logro de los objetivos de la propia justicia constitucional.
Conferencia No. 7:
Incidencia de la justicia constitucional en los poderes públicos
La justicia constitucional influye de manera directa en el ejercicio de los poderes públicos, en razón de que mediante esta se evita un ejercicio del poder al margen de la Constitución, además, evita la arbitrariedad y procura el respeto a los derechos fundamentales por parte de los indicados poderes.
En un estado social y democrático como el que se consagra en la Constitución, no tienen cabida los poderes sin control, ni la arbitrariedad. La limitación del poder y la proscripción de la arbitrariedad, constituyen las tareas esenciales de la justicia constitucional.
Ponencias:
Aileen Navas-Auger,
Jueza Superior Tribunal General de Justicia
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
“El Derecho Fundamental de Acceso a la Información Pública: evolución y experiencias recientes en el derecho y la jurisprudencia comparadas”
Francisco Ortega Polanco
La Justicia Constitucional en la Sociedad de la Información
Joaquín Borrell Mestre
La Motivación de las Sentencias, Especial Referencia a las Sentencias Constitucionales
Luis Ernesto Vargas Silva, Magistrado de la Corte Constitucional de Colombia
Algunos debates sobre la legitimidad de los órganos de justicia constitucional en América Latina
Dr. Luis Fernando Salazar Alvarado,
Magistrado de la Sala Constitucional, República de Costa Rica
"Eficacia y ejecución de las Sentencias Constitucionales"
Mag. Manuel Martínez Sevilla
Acceso a la Justicia Constitucional Nicaragua
Mag. Jottin Cury
El acceso a la justicia constitucional en República Dominicana
Con gran éxito el TC clausura XXII Jornadas de Derecho Constitucional
Magistrado de Costa Rica destaca mecanismos de garantía de los derechos y libertades
Realizan panel sobre Derecho de Acceso a la Información Pública en evento internacional
Magistrado Ray Guevara asegura seguridad jurídica es una vacuna contra la arbitrariedad
El TC inaugura las XXII Jornadas de Derecho constitucional que se extenderán por tres días
Entrevista a Wilson Gómez, Matutino 11 29/10/15
PARTICIPANTES:
Participarán en esta XXII Jornadas magistrados y jueces de la Alta Cortes, funcionarios y organismos que velan desde diferentes perspectivas por la garantía de los derechos fundamentales y el fortalecimiento del Estado de Derecho. Entre los que se encuentran:
Cortes y Tribunales participantes
El Consell de Garanties Estatutaries cubrirá solamente un participante por cada corte o tribunal participante, por lo que si los mismos deciden la participación de otros jueces, deberán cubrir cada adicional de manera íntegra.
Instituciones y Organismos participantes:
Universidades en Santo Domingo con Escuela de Derecho:
Abogados, notarios y sociedad civil:
Comisiones Responsables de la edición “XXII Jornadas de Derecho Constitucional”.
Comisión de Seguimiento:
Comisión Organizadora:
Para la organización de las Jornadas, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC), designó la comisión organizadora coordinada por el magistrado Wilson Gómez Ramírez, e integrada por los magistrados Hermógenes Acosta de los Santos, Jottin Cury David y Rafael Díaz Filpo.
Coordinación Técnica del Evento:
¿QUÉ ES EL CEFCCA?
El Centro de Estudios y Formación Constitucional Centroamericana (CEFCCA) nace durante el transcurso de una reunión celebrada en Barcelona, España, en abril de 2001, a la que fueron convocados todos los representantes de las salas, cortes y tribunales constitucionales de Centroamérica y representantes del Gobierno de Catalunya.
En este encuentro se firmó la Declaración de Barcelona, en la que todos los países participantes manifestaron su deseo de iniciar un proceso en el que se pusiera de manifiesto el valor de los tribunales constitucionales y así analizar y reflexionar sobre su papel en los procesos de paz y fortalecimiento de la democracia en Centroamérica.
Concretamente, la entidad fue creada en las sesiones realizadas en la ciudad de San José, Costa Rica, entre los días 2 y 4 de diciembre de 2002, y designada con el nombre de “Centro de Estudios y Formación Constitucional Centroamericano”. Su integración actual ha dado paso a que en lo adelante se denomine “Centro de Estudios y Formación Constitucional de Centroamérica y el Caribe”, pudiendo usar ‒de manera conjunta o separada‒ las siglas CEFCCA. Es una entidad sin fines de lucro.
La sede del Centro es la ciudad de San José de Costa Rica, con domicilio civil en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de este país.
Sus objetivos primordiales son:
a) Facilitar el intercambio de ideas y experiencias entre las cortes, tribunales y salas que lo integran.
b) Promover o reforzar, en su caso, la formación y actualización continuada de los magistrados, jueces, letrados, asesores y demás personal de apoyo de los órganos jurisdiccionales de la justicia constitucional, mediante seminarios, conferencias, talleres, foros, encuentros y cualesquiera otras actividades conducentes a este fin.
c) Realizar, directamente o en colaboración con otras entidades, nacionales o extranjeras, publicaciones de interés científico-constitucional.
d) Coadyuvar con programas específicos al fortalecimiento de la independencia judicial en cuanto a la interpretación de la Constitución, como función de los órganos jurisdiccionales.
e) La consecución y puesta a disposición de los miembros integrantes, de fondos bibliográficos y documentales que sirvan de apoyo al quehacer de la justicia constitucional.
f) Establecer líneas de cooperación con otros centros de formación judicial existentes en Centroamérica y otras regiones.