SANTIAGO. El ex magistrado del Tribunal Constitucional de Perú, Gerardo Eto Cruz dijo que de los procesos constitucionales que existen en América Latina, el amparo se eleva como figura propia, singular, con todo un pasado y una permanente evolución en su fin de ser la tutela de urgencia de los derechos fundamentales.
Manifestó que, en específico, el proceso constitucional de amparo está presente en 17 países de América Latina y Europa, mientras que en 12 de ellos lo regulan y que se extiende también a los continentes africano y asiático.
“Es decir, en 31 países del mundo el proceso de amparo, aunque con diversas formas de primacía, formando parte de una concreta manifestación de la tutela de los derechos fundamentales en los actuales y modernos sistemas de jurisdicción constitucional de la libertad”, declaró el ex magistrado.
Al exponer la conferencia “El Amparo en Latinoamérica”, en la Cuarta Jornada de Justicia y Derecho Constitucional en esta ciudad, explicó que en un mundo cada vez más agitado, la impartición de justicia se ve mediatizada por la dilación procesal y el amparo se presenta como la gran herramienta que debe afirmar la protección frente a aquellos actos lesivos que pueden provenir de cualquier autoridad, funcionario o persona.
“Esta última, que puede manifestarse a través de grandes entidades monopólicas, oligopólicas o transnacionales, cuyo desarrollo empresarial muchas veces generan diversas afectaciones medioambientales o complejos derechos difusos o colectivos. Añadió el catedrático peruano.
Hablando ante la comunidad jurídica de Santiago, enfatizó que el proceso constitucional de amparo constituye el instrumento más allá para afirmar la tutela de los derechos -fundamentales y, con ello, los principios y valores constitucionales que encierra la Constitución como norma.
El doctor Gerardo Eto Cruz, explicó que esa aseveración se pone de manifiesto en una constatación empírica: la elevada carga procesal que tienen los Tribunales Constitucionales en el mundo en relación a este proceso constituye un alto porcentaje del universo de procesos constitucionales que conocen los Colegiados Constitucionales.
En su presentación el académico hizo una visión panorámica también del amparo en Iberoamérica, enfatizando aspectos como: el amparo como acción o como recurso ante un solo tribunal, el amparo a cargo de un tribunal constitucional, el amparo a cargo del órgano supremo de la vía judicial, y el amparo como una acción o recurso, pero ejercido ante una globalidad de tribunales.
En otro aspecto de su ponencia habló sobre el sistema que protege el amparo sólo a ciertos derechos fundamentales. Dijo que esta modalidad existe en el sistema europeo, como es caso de Alemania, España y en Latinoamérica en naciones como Chile y Colombia.
En este renglón explicó lo relacionado a la legitimación procesal, la legitimación activa, como el común denominador en toda la legislación iberoamericana es, a su juicio este se observa en países como Argentina donde existe la figura del Defensor del Pueblo y asociaciones registradas conforme a ley;
Otros de los países donde se aplica la técnica es Bolivia por medio del Ministerio Público y el Defensor del Pueblo; Brasil con los partidos políticos, organizaciones sindicales, asociaciones; Ecuador por medio del Defensor del Pueblo; Guatemala: Ministerio Público; Perú: personas jurídicas y Defensor del Pueblo; Uruguay: persona jurídica pública o privada; y Venezuela: Defensor del Pueblo.
Al final de su conferencia el ex miembro del TC peruano, explicó que los motivos por los que una persona puede utilizar el proceso de amparo son diversos y complejos en el derecho comparado; pero en todo caso, siempre que se trata de una hipótesis de un acto lesivo, acto reclamado o un agravio constitucional.