SANTO DOMINGO.- “El control de constitucionalidad de la reforma laboral: principales cánones de enjuiciamiento”, fue el tema que abordó este viernes el presidente Emérito del Tribunal Constitucional español, doctor Francisco Pérez de los Cobos, durante la quinta Jornada de Derecho y Justicia Constitucional, organizada por el Tribunal Constitucional dominicano (TC).
El jurista y académico en materia constitucional, centró su intervención en la constitucionalidad de algunas medidas de carácter laborales y de seguridad social, para dar respuesta a la crisis económica que sacudió a España, en el período comprendido entre 2008 y 20014.
Pérez de los Cobos expresó su profunda gratitud al órgano constitucional dominicano, en la persona del presidente de esta Alta Corte, magistrado Milton Ray Guevara, por la distinción de invitarle a tan interesante encuentro, en donde tuvo la oportunidad y el privilegio de compartir experiencias con ilustres colegas.
Durante su intervención, ponderó que un elemento contextual que se debe tener en cuenta a la hora de calibrar estas reformas es la pertenencia de España al euro zona, debido a que de esa pertenencia derivaban y derivan importantes consecuencias y obligaciones que condicionaron y condicionan la acción de gobierno español.
Explicó que la Constitución Española permite excepcionalmente al Gobierno el dictado de normas con fuerza de ley en casos extraordinario y urgente necesidad, y siempre que con ello no se afecte, entre otras materias, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, art. 86.1 de la Constitución Española.
Entre estos derechos y libertades se encuentran, el derecho a la libertad sindical y la huelga, el derecho al trabajo, o, en fin, el derecho a la negociación colectiva laboral y a la adopción de medidas de conflicto colectivo.
Dijo que las medidas se adoptaron a instancia del Consejo Europeo que en el año 2009 exigió a España la adopción de un paquete destinadas a la corrección del excesivo déficit público. En este período pasó de un 39 a un 98%.
Se refirió también a la modificación en el 2011 del artículo 135 de la Constitución que constitucionalizarían el principio de estabilidad presupuestaria, al que desde entonces deben adecuarse en su actuación todas las administraciones públicas.
Entre otras decisiones el Tribunal Constitucional español en efecto, consideró conforme al Texto Fundamental las normas que previeron la reducción salarial de los empleados públicos en un 5%, así como la suspensión de la paga extraordinaria del mes de diciembre en el año 2012. Lo que se confirma en la sentencia STC 81/2015.
Pérez de los Cobos dijo que el constituyente español, no quiso definir el modelo de relaciones laborales y de Seguridad Social, ni tampoco restringir la libertad de configuración del legislador más allá de los límites explícitos que le ha impuesto. Por tanto, el TC español, no podrá interferirse en el margen de apreciación que corresponde al legislador democrático, ni incurrir en apreciaciones que supongan un juicio sobre la oportunidad política de las decisiones adoptada.
Habló de este y otros importantes aspectos al intervenir en el conclave sobre Justicia y Derecho Constitucional, realizado por el TC, dirigido a la clase jurídica nacional y a los estudiantes de la carrera de derecho. En el evento participaron expertos constitucionales españoles, costarricense y del país.
Además de su destaca experiencia como jurista constitucional y catedrático universitario de prestigio, el doctor Francisco Pérez de los Cobos, es autor de más de un centenar de publicaciones de su especialidad, destacando entre sus líneas de investigación el análisis de los problemas laborales derivados de las transformaciones productivas y el Derecho comunitario del Trabajo, entre muchas otras.